miércoles, 21 de abril de 2010

Genética y leyes: ¿quién es quién?

En las cuatro últimas décadas, los avances en el Proyecto del Genoma Humano han generado grandes expectativas para la mejora de la salud y la calidad de vida de todos los hombres y mujeres del planeta. Gracias a éstos, ahora es posible confirmar la paternidad de un niño no reconocido como hijo, identificar a implicados criminales en búsqueda de responsables de un delito, establecer vínculos genéticos entre una población local y los restos de una civilización antigua que ocupaba el mismo territorio, entre otros ejemplos.

Son numerables los beneficios que nos brindan las herramientas genéticas desarrolladas en el estudio del ADN humano, y son muchas más las promesas que ofrece tan ambicioso proyecto. No obstante, esto también tiene implicancias éticas que, si bien han sido contempladas dentro del mismo proyecto, deben cuidadosamente estudiarse sus usos y consecuencias en los sistemas legales de cada país.

Los datos genéticos obtenidos del estudio del ADN pueden ser: de carácter identificatorio, o bien de carácter predictivo sobre la salud de un individuo. El primer caso hace referencia al uso de las herramientas genéticas para: la resolución de casos de justicia, así como recurso para los estudios arqueológicos y antropológicos, por ejemplo.

Por otro lado, el segundo alega a la mejora de los tratamientos médicos y al desarrollo de las herramientas a favor de un individuo; sin embargo, éste carácter también puede ser utilizado para fines comerciales, dependiendo del tipo de institución o individuo quién acceda a esta información. El tema se vuelva más sensible aún cuando hablamos de empleo y seguros.

Por ejemplo, Una corporación que tiene acceso a los datos genéticos de sus potenciales empleados puede seleccionar a su personal en base a la predicción genética de su salud en los próximos veinte años de servicio de la compañía, eligiendo razonablemente a quién tenga un mejor perfil de salud frente a quién no.

Otro más, Una compañía de seguros que maneja los mismos datos puede calcular el monto de la prima de sus productos en base a lo que la información genética de cada posible asegurado indica que tiende a sufrir como enfermedad en el corto, mediano o largo plazo.

Si la legislación de cada país ha sido concebida para asegurar el bienestar de sus ciudadanos, y por tanto combatir la discriminación en todas sus formas: ¿no sería lógico que los proteja del mal uso de su información genética para fines lucrativos o ajenos a la mejora de su calidad de vida?

Estados Unidos y la Unión Europea ya están revisando estos temas en lo que refiere a la creación de una legislación eficiente para los usos de la información genética de sus ciudadanos. Otros países como Chile y Argentina ya tienen comisiones trabajando en la misma cuestión. Si ningún país en el mundo es ajeno a estos avances, ¿por qué el Perú no le da desde ya la importancia necesaria?

En efecto, el Estado garantiza en su legislación la defensa de la vida humana y la equidad entre todos sus ciudadanos. Y si bien los descubrimientos tecnológicos y sus aplicaciones avanzan mucho más rápido que las leyes, es necesario y prioritario que las últimas sean un fiel reflejo (en la medida de lo posible) de la actual situación con respecto a éstos para cumplir con su función primera: regular a la sociedad de manera que sus habitantes vivan en libertad, equidad y fraternidad.

Ricardo Zimic

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